Articulo 14 11 DLeg 3/2...s públicos

Articulo 14 11 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 14. 1-1. Hecho imponible.

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Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por el Departamento competente en materia de seguridad industrial de los servicios especificados en el artículo 14.1-4.