Artículo 14 14 Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones públicas de Navarra
Ver Indice
»Artículo 14
Vigente
1. La provisión de las jefaturas o direcciones de unidades orgánicas que no sean de libre designación se realizará por concurso de méritos en el que podrán participar los funcionarios a que se refieren los artículos 5 y 6 de este Reglamento, que estén en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial.
2. (Suprimido)
Modificaciones
- Modificación realizada (14 (apdo. 2, se suprime)) por DECRETO FORAL 57/2003, de 24 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.
(NA de 02-04-2003) en vigor desde 03-04-2003 - Artículo modificado (14) por DECRETO FORAL 186/1998, de 15 de junio, por el que se modifica el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.
(NA de 03-07-1998) en vigor desde 04-07-1998

