Artículo 14 14 Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones públicas de Navarra
Ver Indice
»Artículo 14
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La provisión de las jefaturas o direcciones de unidades orgánicas que no sean de libre designación se realizará por concurso de méritos en el que podrán participar los funcionarios a que se refieren los artículos 5 y 6 de este Reglamento, que estén en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial.
2. (Suprimido)
Modificaciones
- Modificación realizada (14 (apdo. 2, se suprime)) por DECRETO FORAL 57/2003, de 24 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.
(NA de 02-04-2003) en vigor desde 03-04-2003 - Artículo modificado (14) por DECRETO FORAL 186/1998, de 15 de junio, por el que se modifica el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.
(NA de 03-07-1998) en vigor desde 04-07-1998
