Articulo 14 2010 Estructu...isteriales

Articulo 14 2010 Estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales

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Artículo 14. Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

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1. El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad se estructura en los siguientes órganos directivos.

a) La Secretaría de Estado de Igualdad, a la que corresponde desarrollar la política del Gobierno en materia de igualdad, eliminación de toda clase de discriminación y erradicación de la violencia de género. De esta Secretaria de Estado dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.

2.º Dirección General para la Igualdad en el Empleo y contra la Discriminación.

b) La Subsecretaría de Sanidad, Política Social e Igualdad, de la que depende la Secretaría General Técnica.

c) La Secretaría General de Sanidad, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Salud Pública y Sanidad Exterior.

2.º La Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección.

3.º La Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.

4.º La Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud, con rango de Dirección General.

d) La Secretaría General de Política Social y Consumo, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:

1.º La Dirección General de Política Social, de las Familias y de la Infancia.

2.º La Dirección General de Coordinación de Políticas Sectoriales sobre la Discapacidad.

3.º La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, con rango de Dirección General.

4.º La Dirección General de Consumo.

2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:

a) La Subsecretaría de Sanidad y Política Social, la Subsecretaría de Igualdad y las Secretarías Generales Técnicas de ellas dependientes, las cuales se integran, respectivamente, en la Subsecretaría y en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

b) La Secretaria General de Políticas de Igualdad.