Articulo 14 Actividades F... Oficiales

Articulo 14 Actividades Feriales Oficiales

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Artículo 14. Control económico y memoria.

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Los organizadores de ferias y exposiciones oficiales someterán su gestión en la organización de actividades feriales al control de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante la presentación anual de sus presupuestos y de las correspondientes liquidaciones. Asimismo, presentarán anualmente la memoria de sus actividades feriales, que incluirá las estadísticas de visitantes y de expositores.