Articulo 14 Admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato
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»Artículo 14. Requisitos
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Para la admisión del alumnado en los centros docentes a los que se refiere el presente decreto, será necesario reunir los requisitos de edad y académicos exigidos por la normativa vigente.
