Articulo 14 Apoyo a las f...e Cataluña

Articulo 14 Apoyo a las familias de Cataluña

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Artículo 14. Ayudas por niños nacidos con daños que requieren atenciones especiales.

Vigente

Las familias de los niños nacidos con daños que requieren atenciones especiales pueden recibir, cuando lo necesiten, una ayuda económica destinada a paliar los gastos extraordinarios que origine esta atención.