Articulo 14 Asistencia Jurídica Gratuita de Cantabria -Derogado-
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»Artículo 14. Ausencia de designaciones provisionales.
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En el caso de que el Colegio de Abogados estimara que el peticionario no cumple los requisitos referidos en el punto primero del articulo anterior, o que la pretensión principal contenida en la solicitud es manifiestamente insostenible o carente de fundamento, comunicará al solicitante en un plazo de cinco días que no ha efectuado el nombramiento provisional de abogado y trasladará el expediente en el plazo de tres días a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita para que esta resuelva definitivamente.
