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Articulo 14 bis D. 37/2006, de 2 de marzo, Galicia, Nombramiento de personal interino

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Artículo 14 bis. Llamamiento extraordinario a las personas aspirantes.

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1. En caso de que concurra una situación justificada de urgencia y necesidad inaplazable en la cobertura de determinados puestos para evitar graves perjuicios en el funcionamiento y/o prestación del servicio público, debidamente acreditadas, que no permita la utilización del procedimiento ordinario previsto en el artículo 14.1, la Administración podrá optar por comunicar el llamamiento por vía telefónica o vía SMS urgente con acuse de recibo y gestionado en el sistema de citaciones electrónicas alojado en el portal web de la Xunta de Galicia.

2. Los llamamientos extraordinarios se realizarán por alguno de los siguientes medios:

a) Los llamamientos telefónicos los realizará el personal funcionario, que hará constar mediante diligencia su realización, si tuvieron o no respuesta y su resultado.

Una persona representante de la parte social en la Comisión prevista en el artículo 4 tendrá derecho a estar presente en todos los llamamientos telefónicos. A tal fin, la persona encargada le facilitará la información que precise.

En caso de que la persona integrante de las listas no sea localizada a través del teléfono, se entenderá que no se encuentra disponible y su falta de actuación no tendrá efectos en su estado en la lista.

En caso de que la persona integrante de las listas responda al llamamiento telefónico pero no acepte los puestos ofertados, supondrá que los rechaza, con las consecuencias establecidas en este decreto.

b) Los llamamientos por SMS urgente serán comunicados a través de un SMS con acuse de recibo. El acuse de recibo proporcionará información de la recepción por el teléfono de la persona llamada.

En la comunicación vía SMS urgente se incluirán el código individual del llamamiento y un enlace que permitirá a las personas acceder directamente al contenido íntegro de la comunicación enviada, a través del sistema de citaciones electrónicas alojado en el portal web de la Xunta de Galicia.

Las personas que reciban el SMS urgente, que serán remitidos en todo caso antes de las 13.00 horas, dispondrán desde su recepción hasta las 23.59 horas del mismo día para acceder al sistema de citaciones electrónicas, establecer el orden de prelación de todos los puestos ofertados y validar su elección.

La validación de su elección supondrá la aceptación del llamamiento por la persona aspirante en los términos citados.

En caso de que la persona aspirante al llamamiento no acceda al sistema de citaciones electrónicas, se entenderá que no se encuentra disponible y su falta de actuación no tendrá efectos en su estado en la lista.

En caso de que la persona aspirante al llamamiento acceda al sistema de citación electrónica pero no valide su elección de puestos en el plazo indicado, o no acepte los puestos ofertados, supondrá que los rechaza, con las consecuencias, en cada caso, establecidas en este decreto.

La acreditación de la comunicación efectuada por SMS urgente, el acceso al sistema de citaciones electrónicas, el acceso al contenido de la comunicación y, en su caso, el rechazo se incorporarán al expediente.