Articulo 14 Convenio Euro...eria Penal

Articulo 14 Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal

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Artículo 14

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1. Las solicitudes de asistencia judicial deberán contener las siguientes indicaciones:

(a) autoridad que formula la solicitud,

(b) objeto y motivo de la solicitud,

(c) en lo posible, identidad y nacionalidad de la persona de que se trate, y

(d) nombre y dirección del destinatario, cuando proceda.

2. En las comisiones rogatorias a que se hace referencia en los artículos 3, 4 y 5 se mencionará además la inculpación y contendrá una exposición sumaria de los hechos.