Articulo 14 de crea la sede electronica y se regulan los registros electronicos de la AEAT
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»Décimocuarto. Anotaciones de otras comunicaciones electrónicas.
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El Departamento de Informática Tributaria registrará el intercambio electrónico de datos de la Agencia Tributaria con otras Administraciones Públicas en entornos cerrados de comunicación o entre servicios web, así como la recepción y salida de documentación que se transmita por medios telemáticos conforme a protocolos y reglas específicas establecidas por la normativa aplicable.
