Articulo 14 Cuerpos y escalas de la Administración de Euskadi
Artículo 14. Escalas de los cuerpos especiales.
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1.- En los cuerpos especiales se crean las siguientes escalas:
A) Cuerpo Superior Facultativo:
1.- Escala de Telecomunicaciones.
2.- Escala de Minas.
3.- Escala Naval.
4.- Escala de Cartografía.
5.- Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio.
6.- Escala Industrial.
7.- Escala de Infraestructuras.
8.- Escala de Medicina.
9.- Escala de Farmacia.
10.- Escala de Veterinaria.
11.- Escala Jurídica.
12.- Escala de Economía y Empresa.
13.- Escala de Sistemas de Información.
14.- Escala de Archivo, Biblioteca y Documentación.
15.- Escala de Medio Ambiente.
16.- Escala de Administración Cultural.
17.- Escala de Deportes.
18.- Escala del Sector Agropecuario.
19.- Escala de Atención Sociolaboral.
20.- Escala de Estadística y Análisis de Datos.
21.- Escala de Emergencias y Meteorología.
22.- Escala de Normalización Lingüística.
23.- Escala de Prensa y Publicaciones.
24.- Escala de Prevención de Riesgos Laborales.
25.- Escala de Recursos Humanos y Formación.
26.- Escala de Salud Pública y Epidemiología.
27.- Escala de Laboratorio.
28.- Escala de Traducción.
B) Cuerpo Técnico:
1.- Escala de Edificación, Urbanismo y Ordenación del Territorio.
2.- Escala Industrial.
3.- Escala de Infraestructuras.
4.- Escala de Telecomunicaciones.
5.- Escala de Minas.
6.- Escala de Enfermería.
7.- Escala de Economía y Empresa.
8.- Escala de Estadística.
9.- Escala de Medio Ambiente.
10.- Escala de Normalización Lingüística.
11.- Escala de Prevención de Riesgos Laborales.
12.- Escala de Sistemas de Información.
13.- Escala de Laboratorio.
14.- Escala de Traducción.
15.- Escala del Sector Agropecuario.
16.- Escala de Atención Sociolaboral.
17.- Escala de Emergencias y Meteorología.
C) Cuerpo de Ayudantes Técnicos:
1.- Escala de Delineación de Obras e Instalaciones.
2.- Escala de Informática de Gestión.
3.- Escala de Laboratorio e Inspección de Salud y Medio Ambiente.
4.- Escala de Semillas.
5.- Escala de Pesca.
2.- Las funciones de las escalas de los cuerpos especiales se desarrollarán mediante decreto del Gobierno Vasco.
