Artículo 14. DECRETO ley 3/2026, de 6 de abril, Canarias
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»Artículo 14. Notificación.
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1. Las resoluciones de concesión de las subvenciones se notificarán a las personas interesadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el servicio de tablón de anuncios electrónicos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
2. Las demás notificaciones que deban practicarse a las personas interesadas para la culminación del procedimiento de concesión y pago de la ayuda se llevarán a cabo en la misma forma contemplada en el apartado anterior.
