Articulo 14 Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios
Ver Indice
»Artículo 14. Promoción del derecho a la reparación de daños.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los órganos de defensa del consumidor adoptarán aquellas medidas que favorezcan y promuevan la indemnización y reparación de daños a los consumidores, incluyendo entre ellos los procedimientos voluntarios de resolución de conflictos.
