Articulo 14 Deporte de Castilla-La Mancha
Artículo 14. Regulación.
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1. Las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha se rigen por lo dispuesto en la presente Ley y sus normas de desarrollo, por sus propios estatutos y reglamentos y por las demás disposiciones legales o federativas de cualquier ámbito que les resulten de aplicación.
2. Los estatutos de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha regularán su estructura interna y funcionamiento, de acuerdo con principios democráticos y representativos, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley y normas que la desarrollen.
3. Las federaciones deportivas de las que dependan deportistas profesionales y aficionados deberán establecer las normas y estructuras organizativas que deban aplicarse a cada una de las categorías citadas.
4. El contenido mínimo de los estatutos se fijará reglamentariamente.
