Artículo 14 desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Seguridad Social
desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Seguridad Social
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»Artículo 14. Fiscalización e intervención de conformidad.
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La Intervención hará constar su conformidad mediante una diligencia firmada, sin necesidad de motivarla, cuando de la verificación de los extremos a los que se extienda la función interventora y del resultado de las validaciones efectuadas por sus propias aplicaciones informáticas, en los términos que se determine mediante resolución de la Intervención General de la Seguridad Social, el expediente objeto de fiscalización o intervención se ajuste a la legalidad.
Modificaciones
- Artículo modificado (14) por Real Decreto 396/2017, de 21 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Seguridad Social.
(BOE de 22-04-2017) en vigor desde 23-04-2017
