Articulo 14 Desarrollo de...to público

Articulo 14 Desarrollo de la Ley 2/1995, de Haciendas Locales, en materia de presupuestos y gasto público

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Artículo 14. Los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles en cuyo capital sea mayoritaria, y no íntegra, la participación de la entidad local.

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Los estados de previsión de gastos e ingresos, del ejercicio económico de la sociedad mercantil que en mayor medida coincida con el año del Presupuesto General Unico, que han de remitirse a la entidad local, respecto a aquellas sociedades mercantiles de participación mayoritaria y no íntegra, serán:

a) Previsión de la cuenta de pérdidas y ganancias, con especial referencia a las aportaciones a percibir de la entidad local, sus organismos autónomos y del resto del sector público.

b) El Presupuesto de capital, que se define como la previsión de inversiones reales y financieras así como su financiación, haciendo especial referencia a las aportaciones a percibir de la entidad local, de sus organismos autónomos y del resto del sector público.