Articulo 14 Desarrollo y ...el turismo

Articulo 14 Desarrollo y modernización del turismo

Ver Indice
»

Artículo 14. Obligaciones de las personas usuarias.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las personas usuarias tendrán las siguientes obligaciones.

a) Cumplir las condiciones pactadas en el contrato.

b) Someterse a las prescripciones particulares de los lugares, instalaciones y empresas cuyos servicios disfruten o contraten y, particularmente, al reglamento de régimen interior.

c) Pagar el precio de los servicios contratados en el momento de la presentación de la facturación o en el plazo pactado sin que, en ningún caso, el hecho de presentar una reclamación exima del citado pago.

d) Observar las normas usuales de educación, higiene, convivencia social y respeto hacia las personas, instituciones y costumbres de los lugares visitados.

e) Respetar el entorno social y cultural.

f) Respetar los valores ecológicos, observando la normativa medioambiental y de conservación de la naturaleza.