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Articulo 14 Época de peligro bajo de incendios forestales, usos y actividades con riesgo de incendio, medidas de prevención y de autoprotección del Plan PREIFEX y supuestos en los que queda autorizada la quema de residuos vegetales

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Artículo 14. Explotaciones excluidas de la prohibición general de quema.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, a las pequeñas explotaciones y microexplotaciones agrarias no les es de aplicación la prohibición de quema que, con carácter general, se establece para los residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola.

A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, se consideran como microexplotación aquellas que ocupan a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros, y como pequeña explotación aquellas que ocupan a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.