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Articulo 14 Espectáculos taurinos populares

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Artículo 14. Requisitos generales.

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1. Podrán participar en este espectáculo: aficionados, alumnos de escuelas taurinas, y como profesionales únicamente podrá admitirse la participación de matadores de novillos sin picadores inscritos en el registro de profesionales taurinos dependiente del Ministerio del Interior.

2. La vestimenta de los participantes consistirá en traje corto campero.

3. La edad mínima de los participantes será de 16 años previa autorización por escrito de los padres o tutores respecto de todos los menores de edad.

4. La totalidad de las pruebas eliminatorias podrán celebrarse en las plazas de toros de la Comunidad Autónoma de La Rioja y excepcionalmente en recintos similares.

5. El Presidente del Jurado dirigirá la parte artística del espectáculo, señalará a los participantes el orden de la lidia y levantará acta de cada prueba eliminatoria celebrada, remitiéndose dichas actas a la finalización del espectáculo al órgano competente que hubiera dictado su autorización, haciendo constar en ella el resultado de cada una de las pruebas realizadas así como cualquier incidencia que considere oportuna.

6. La actuación del Presidente del jurado, en cuanto al inicio y finalización del espectáculo y a las cuestiones de orden público quedará sujeto a lo que establezca el delegado de la autoridad.