Artículo 14 se establecen... de Aragón

Artículo 14 se establecen los modelos de impresos y sobres y las dietas, gratificaciones e indemnizaciones para las elecciones a celebrar el 8 de febrero de 2026 a Cortes de Aragón

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Artículo 14. Representantes de la Administración

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1. Las personas que hayan de ejercer como representantes de la Administración en las mesas electorales serán nombradas, preferentemente entre personal empleado público, por resolución del órgano del titular de la Secretaría de Organización del Proceso Electoral.

2. El importe máximo a percibir por las personas designadas como representantes de la Administración, en concepto de gratificación, por todos los conceptos y por una sola vez, será el que se determina en los anexos de este decreto.

Sin que se pueda superar este importe máximo, en las correspondientes instrucciones económico-administrativas que se dicten para este proceso electoral, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional segunda de este decreto, se podrán fijar las diferentes modalidades de representantes, así como los importes específicos para cada una de ellas, en función del medio de transmisión de datos y funciones para el que hayan sido nombradas.