Articulo 14 estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental
Ver Indice
»Artículo 14. Las unidades de apoyo
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Las unidades de apoyo son los órganos de actuación encargados de proporcionar soporte específico tanto al Centro de Coordinación Operativa como a los diferentes grupos operativos, aportándoles información y medios humanos y materiales, para facilitar un mejor desarrollo de la respuesta.
2. Forman parte de las unidades de apoyo:
a) Un gabinete de relaciones públicas.
b) La Unidad de Observación Próxima.
c) La Unidad de Documentación y Apoyo Científico.
3. Cuando la naturaleza de la emergencia o catástrofe lo requiera, la persona titular de la presidencia o la persona titular de la dirección del Plan podrá determinar otras unidades de apoyo distintas de las descritas en este artículo.

