Articulo 14 Integracion d...nmigrantes

Articulo 14 Integracion de las Personas Inmigrantes

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Artículo 14. El mediador intercultural

Vigente

La Administración autonómica favorecerá la formación especializada de mediadores interculturales, como instrumento de integración.

Éstos deberán actuar en todo momento desde la imparcialidad, el diálogo y el acercamiento de posturas.