Articulo 14 Ley3/2009,de28demayo,porlaqueseapruebaelProgramadeTransicionalEmpleodelaJuntadeAndalucia(PROTEJA).
Artículo 14. Verificación de la aplicación de los recursos.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La correcta aplicación de los recursos del Programa a los fines previstos en el artículo 1 estará sometida a control por parte de la Intervención General de la Junta de Andalucía.
Los controles que se realicen tendrán por objeto verificar que los recursos del Programa se han destinado efectivamente a la financiación de las inversiones a las que estaban destinados, con la correspondiente creación de puestos de trabajo, y que las cuentas justificativas presentadas por los correspondientes Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales reflejan adecuadamente la gestión realizada.
2. Los Ayuntamientos y Diputaciones deberán poner a disposición de la Intervención General de la Junta de Andalucía la documentación y antecedentes de las cuentas justificativas presentadas y facilitar cuanta información y medios resulten necesarios para que los equipos designados por la Intervención General puedan realizar su trabajo.
