Artículo 14 Medidas fiscales de apoyo a las personas afectadas por las inundaciones producidas por la DANA de octubre
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»Artículo 14. Exención del canon de saneamiento
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Estarán exentos de las cuotas del canon de saneamiento devengadas que deban incluirse, con independencia de la periodicidad de facturación, en las facturas que emitan las entidades suministradoras referidas a los periodos de facturación que incluyan consumos de agua realizados entre el 29 de octubre de 2024 y el 31 de marzo de 2025, ambos inclusive, para todos los usos del agua que se produzcan en el ámbito territorial de los municipios, o parte de los mismos, a los que se refiere el artículo 3 de la presente disposición.
