Articulo 14 Medidas tributarias y económico-administrativas
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»Artículo 14. Tipos de gravamen en la modalidad de actos jurídicos documentados.
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Modificaciones
- Modificación realizada (Se derogan los artículos 2, 3, 6, 7, 10, 13, 14, 27, 28 y 29) por Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en Materia de Tributos Cedidos por el Estado
(PM de 07-06-2014) en vigor desde 08-06-2014 - Artículo modificado (14 (apdos. 1 letras be) por Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales dela comunidad autónoma de las Illes Balears para elaño 2013
(PM de 29-12-2012) en vigor desde 01-01-2013
