Articulo 14 Medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego
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»Artículo 14. Modificación del apartado 2 del artículo 31 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de Medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Vigente
Se da nueva redacción al apartado 2 del artículo 31 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de Medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que queda redactado de la siguiente forma.
"2. Apuestas:
a) Que no sean de contrapartida o cruzadas: el 10 por 100 de la base definida en la letra c) del apartado 1 del artículo 30 de esta Ley.
b) Que sean de contrapartida o cruzadas: el 12 por 100 de la base definida en la letra d) del apartado 1 del artículo 30 de esta Ley".
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2012 en vigor desde 29-06-2012