Articulo 14 Medidas urgen...de Galicia

Articulo 14 Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de la Comunidad Autónoma de Galicia

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Artículo 14. Cuestiones atinentes a la validez de los procesos selectivos

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1. Serán aplicables a las bases de las convocatorias, procesos selectivos y actos dictados en ellos los límites a la extensión de la nulidad o anulabilidad de los actos y principios de conservación de actos y trámites previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, velando por la mayor seguridad jurídica y la eficacia de los procesos selectivos. En particular, por razones de protección de la seguridad jurídica y de la confianza legítima, en el caso de nulidad o anulabilidad de los actos del proceso selectivo se procurará, en la medida de lo posible, la máxima protección de los derechos de las personas aspirantes de buena fe que no sean responsables de las irregularidades o vicios acaecidos, valorando especialmente el tiempo transcurrido y la existencia de situaciones jurídicas consolidadas.

2. Las convocatorias de estos procesos selectivos podrán establecer que la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes sea, como máximo, hasta un mes después de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.