Articulo 14 Modificación de la Ley 22/2010, del Código de consumo, para protección de consumidores en créditos y préstamos hipotecarios, vulnerabilidad económica y relaciones de consumo
Artículo 14. Adición de un artículo, el 251-8, a la Ley 22/2010
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Se añade un artículo, el 251-8, a la Ley 22/2010, con el siguiente texto.
«Artículo 251-8.
Refinanciación de créditos y deudas
»En el caso de operaciones de refinanciación de créditos o deudas, deben cumplirse los siguientes requisitos:
»a) Se deben justificar y documentar los créditos anteriores o preferentes que son objeto de refinanciación, y se debe documentar de modo fehaciente la cancelación total o parcial de los créditos refinanciados con carácter previo o simultáneo a la firma del contrato de refinanciación.
»b) El comprobante de la entrega o el pago real de las cantidades objeto de la operación de refinanciación debe constar en los documentos contractuales, públicos y privados, relativos al crédito o préstamo.»
