Articulo 14 Normas de desarrollo del Reglamento de Intervención para la Protección Ambiental
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Artículo 14. Solicitud de autorización de afecciones ambientales.

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1. La solicitud de autorización de afecciones ambientales se dirigirá al Departamento competente en materia de medio ambiente.

2. La documentación estará firmada por técnico competente, y se presentará en soporte digital a través del Registro General electrónico del Gobierno de Navarra o de Consigna de Proyectos del Gobierno de Navarra. Esta última opción será obligatoria para proyectos mayores del tamaño al que esté limitado el Registro General electrónico del Gobierno de Navarra.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-02-2015 en vigor desde 10-05-2015