Articulo 14 Presupuestos 2007 Cataluña

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Artículo 14. Presupuestos de las universidades catalanas.

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1. Las universidades públicas catalanas deben elaborar, aprobar y ejecutar sus presupuestos en una situación de equilibrio presupuestario.

2. En caso de que se liquide el presupuesto para 2006 de alguna universidad pública catalana en situación de déficit, el departamento competente en materia de universidades debe proponer las medidas que sean necesarias para corregir tal situación sin afectar al equilibrio presupuestario de la Administración de la Generalidad, conforme a las normas del SEC 95.