Artículo 14 Presupuestos Generales 2025 del Territorio Histórico de Gipuzkoa
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»Artículo 14. Incorporaciones de crédito.
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De conformidad con la excepción prevista en el artículo 59.2 de la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, podrán incorporarse además al ejercicio 2025, remanentes de crédito, cualquiera que sea la fase de ejecución en que se encuentren, correspondientes a:
- Planes de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Proyectos estratégicos.
- Operaciones de capital destinadas a servicios e inversiones de Izfe.
