Articulo 14 Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima -LIFE-
Artículo 14. Especificación de los criterios de concesión
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La Comisión establecerá criterios de concesión en el programa de trabajo plurianual a que se refiere el artículo 18 y las convocatorias de propuestas, teniendo en cuenta los principios siguientes:
a) los proyectos financiados por el Programa LIFE deben ser de interés para la Unión por aportar una contribución significativa al logro del objetivo general y de los objetivos específicos del Programa LIFE establecidos en el artículo 3, no deben ir en detrimento de ninguno de dichos objetivos y, en la medida de lo posible, deben promover la contratación pública ecológica;
b) los proyectos deben basarse en un planteamiento de eficacia en relación con los costes y serán técnica y financieramente coherentes;
c) debe darse prioridad a los proyectos con el mayor potencial de contribución al logro de los objetivos establecidos en el artículo 3;
d) los proyectos que aporten beneficios colaterales y que promuevan sinergias entre los subprogramas recogidos en el artículo 4 deben beneficiarse de una bonificación en su evaluación;
e) los proyectos con mayor potencial de reproducción y aceptación por parte de los sectores público o privado, o que puedan movilizar las mayores inversiones o recursos financieros (potencial de actuar como catalizador) deben beneficiarse de una bonificación en su evaluación;
f) debe garantizarse el carácter reproducible de los resultados de los proyectos de acción normales;
g) los proyectos que se basen en los resultados de otros proyectos financiados por el Programa LIFE, por los programas que lo precedieron o por otros fondos de la Unión, o que amplíen tales resultados, deben beneficiarse de una bonificación en su evaluación;
h) cuando proceda, se debe prestar especial atención a los proyectos en zonas geográficas con necesidades o vulnerabilidades específicas, como las zonas con problemas medioambientales específicos o limitaciones naturales, las zonas transfronterizas, las zonas de alto valor natural y las regiones ultraperiféricas.
