Articulo 14 Provisión de ...ón Pública

Articulo 14 Provisión de los servicios de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública

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Artículo 14. Suspensión de los conciertos sociales y de las gestiones delegadas

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14.1 En el marco de un procedimiento sancionador en materia de servicios sociales o de infancia, se puede adoptar la medida cautelar de suspensión temporal del concierto o de la gestión delegada mientras la sanción no sea ejecutiva, con la consiguiente pérdida del derecho a atender a personas usuarias de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública mientras dure la medida cautelar de suspensión.

14.2 El procedimiento se inicia de oficio por parte de la administración pública competente en la asignación de los servicios sociales y debe ser resuelta por la persona titular del departamento competente en materia de servicios sociales, a propuesta del Comité de Provisión de Servicios Sociales, en el plazo máximo de tres meses, de acuerdo con el principio de contradicción, previa audiencia de las entidades interesadas.

La resolución se notificará individualmente a las entidades interesadas y deberá publicarse adicionalmente en el Tablero electrónico de la Generalidad de Cataluña, sin perjuicio de que se puedan utilizar, además, otros medios de publicidad. Una vez transcurrido este plazo máximo para resolver, en caso de no haberse notificado la resolución a las entidades interesadas, se producirá la caducidad del procedimiento, sin perjuicio de que se pueda iniciar uno nuevo si persisten las causas de resolución anticipada. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las entidades interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición en vía administrativa en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de recibir la notificación o recurso ante la jurisdicción contenciosa administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de recibir la notificación.

Se debe garantizar a las personas usuarias el derecho a beneficiarse de un servicio de características similares de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública, previa audiencia, y, si procede, a elegir entre las opciones que les sean presentadas.