Artículo 14 quindecies TR...os cedidos

Artículo 14 quindecies. Deducción por gastos derivados del arrendamiento de viviendas.

Ver Indice
»

Artículo 14 quindecies. Deducción por gastos derivados del arrendamiento de viviendas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los contribuyentes que obtengan rendimientos del capital inmobiliario por el arrendamiento de viviendas, cuando su destino sea el de vivienda habitual del arrendatario, siempre y cuando correspondan a arrendamientos retribuidos a precios con sostenibilidad social, podrán deducirse el importe de las cantidades satisfechas en el ejercicio por gastos de conservación y reparación, la formalización de contratos de arrendamiento, primas de seguros por daños e impagos y la obtención de certificados de eficiencia energética vinculados con tales arrendamientos, con un límite de deducción de 500 euros anuales.

Se considerará que el arrendamiento de vivienda habitual se retribuye a precios con sostenibilidad en virtud de lo previsto en la normativa del Principado de Asturias a estos efectos.

Modificaciones