Articulo 14 Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1988, de Conservación de Suelos y Protección de Cubiertas Vegetales Naturales
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»Artículo 14.
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La planificación de los trabajos deberá tener en cuenta, en cada caso, las necesidades y requisitos exigidos para la conservación y restauración de los espacios naturales de protección especial y en particular de las zonas húmedas.
