Articulo 14 Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora
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»Artículo 14.
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1. Se comunicará a los presuntos responsables que, una vez recibida la propuesta de resolución, dispondrán de quince días para formular alegaciones y presentar los documentos u otros elementos de juicio que estimen pertinentes.
2. Asimismo, se les informará que, en el mismo plazo, se les pondrá de manifiesto el expediente a fin de que puedan consultarlo con la asistencia, en su caso, de los asesores que precisen.
3. Los interesados podrán obtener copias de los documentos que contenga el expediente en los términos legal o reglamentariamente establecidos.

