Articulo 14 el que se reg...de Galicia

Articulo 14 el que se regula el régimen jurídico de la gestión del servicio público de televisión digital en la Comunidad Autónoma de Galicia

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Artículo 14. Modificaciones de las características técnicas de la concesión.

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El Consello de la Xunta de Galicia podrá modificar las condiciones de la concesión cuando, justificadamente por necesidades del servicio, la Administración general del Estado varíe las características técnicas de la emisión correspondiente a aquella concesión.