Articulo 14 Renta de inclusión
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Artículo 14. Incompatibilidades

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La prestación económica de la renta valenciana de inclusión estará sujeta a las siguientes incompatibilidades:

1. Solo podrá concederse una prestación económica por unidad de convivencia.

2. La percepción por la persona titular de otras prestaciones económicas que tengan por finalidad la inclusión social, la inserción laboral o la garantía de unos ingresos mínimos a excepción del ingreso mínimo vital o cualquier otra prestación de garantía de ingresos mínimos de carácter estatal que pueda sustituirla y la renta activa de inserción (RAI) por violencia de género o violencia doméstica o prestación de idéntica naturaleza que la sustituya.