Articulo 14 Saneamiento y...-Derogada-

Articulo 14 Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales -Derogada-

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Artículo 14. Ordenamiento aplicable, impugnaciones y recursos.

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1. El Ente se rige por esta Ley, por las disposiciones reglamentarias que lo desarrollen, por sus Estatutos y por la legislación autonómica y estatal aplicable.

2. Contra los actos y resoluciones dictados por los órganos del Ente procederá recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio cuya resolución pondrá término a la vía administrativa. Los actos dictados por el Presidente del Ente pondrán fin la vía administrativa.

3. El Presidente del Ente resolverá las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.