Articulo 14 Tarjeta de es...e La Rioja

Articulo 14 Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad de La Rioja

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Artículo 14. Registro de Tarjetas de Estacionamiento.

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1. Se crea el Registro de Tarjetas de Estacionamiento cuyo objeto es la inscripción de todas las tarjetas de estacionamiento, que se expidan en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, por la Dirección General competente en materia de Servicios Sociales.

El Registro tendrá como finalidad garantizar la efectividad de los derechos reconocidos a sus titulares en todo su territorio.

2. En el Registro de tarjetas de estacionamiento, que tendrá una única sección, se anotarán todas las resoluciones de concesión, denegación, renovación, caducidad y revocación de las tarjetas de estacionamientos. Asimismo, se deberán realizar las anotaciones correspondientes a las tarjetas retiradas y las relativas a las sanciones impuestas en la materia, por la Dirección General competente en materia de servicios sociales.

3. En todo caso, serán objeto de inscripción los datos siguientes:

- Nombre, DNI/NIE y domicilio de la persona titular de la tarjeta de estacionamiento

- Fecha de concesión y período de validez de la misma

- Número de tarjeta

- Número de matrícula de vehículo o vehículos que figuren en la tarjeta de estacionamiento

- Fecha de inscripción en el registro.

4. El órgano responsable del Registro, inscribirá de oficio las tarjetas de estacionamiento y asignará a cada una el número que corresponda según orden de expedición.

5. La vigencia de la inscripción coincidirá con el periodo de validez de la tarjeta de estacionamiento que figure en el reverso de la misma. En aquellos casos en que el particular no solicite la renovación de la tarjeta de estacionamiento o se acuerde no renovar la misma por el órgano responsable, se procederá a la cancelación de la inscripción.

6. El registro de tarjetas de estacionamiento será público y gratuito. Cualquier persona natural o jurídica que justifique un interés legítimo, podrá solicitar y obtener información de los datos del registro, mediante solicitud dirigida al encargado del mismo.

7. Se promoverán los mecanismos de colaboración con las entidades locales, de forma que éstas accedan a la información contenida en el mismo a fin de garantizar el buen uso de las tarjetas de estacionamiento en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja y comuniquen las sanciones administrativas impuestas.

8. Dada la naturaleza de la información contenida en el Registro, tanto el órgano responsable del mismo como las entidades locales, adoptarán las medidas de índole técnica y organizativa que correspondan a efectos del cumplimiento de la normativa en vigor en materia de protección de datos.