Articulo 14 Transparencia...de Navarra

Articulo 14 Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno de Navarra

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Artículo 14. Límites a las obligaciones de transparencia.

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1. Los límites aplicables a las obligaciones de transparencia son los mismos que los artículos 31 y 32 establecen para el derecho de acceso a la información pública.

2. El principio de transparencia debe interpretarse y aplicarse en todos los casos de forma preferente. Cualquier excepción o limitación al mismo ha de venir impuesta por una norma con rango de ley e interpretarse de forma restrictiva en su aplicación.