Articulo 140 Hacienda y Sector Público
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»Artículo 140. Gestión económico-financiera.
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La gestión económico-financiera de las entidades que integran el sector público autonómico comprende las distintas actuaciones dirigidas a la obtención y liquidación de los ingresos y a la realización de los gastos y los pagos necesarios para el cumplimiento de las funciones que tienen encomendadas.
