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Artículo 141. LEY 5/2026, de 31 de julio, C. Valenciana, medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat

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Artículo 141.

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Se modifica la letra l del artículo 13 y la letra c del artículo 50 de la Ley 2/2026, de 14 de abril, de la Generalitat, para la mejora de la renta valenciana de inclusión.

Uno. Se modifica la letra l del artículo 13, que queda como sigue:

«Artículo 13. Obligaciones de las personas destinatarias de renta valenciana de inclusión

Las personas destinatarias de renta valenciana de inclusión estarán sujetas, durante todo el tiempo de duración de la prestación, a las siguientes obligaciones:

[...]

l) En el caso de tener menores de edad a cargo, responsabilizarse de la escolarización y asistencia al centro educativo durante la etapa de escolarización obligatoria y, cuando sean beneficiarios de la gratuidad de la educación infantil de 0 a 3 años, también durante dicha etapa.»

Dos. Se modifica la letra c del artículo 50, que queda como sigue:

«Artículo 50. Infracciones graves

Se considerarán infracciones graves de las personas destinatarias de renta valenciana de inclusión las siguientes:

[...]

c) En el caso de tener menores de edad a cargo, no responsabilizarse de la escolarización y asistencia al centro educativo durante la etapa de escolarización obligatoria y, cuando sean beneficiarios de la gratuidad de la educación infantil de 0 a 3 años, durante dicha etapa educativa.»