Articulo 14133 DLeg 3/2...s públicos

Articulo 14133 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 14.13-3. Devengo

Vigente

La tasa se devenga mediante el certificado de inscripción en el Registro de agentes de la seguridad industrial de Cataluña de la empresa o del taller, o de la modificación de sus datos. Se exige el importe de la tasa en el momento en que se presenta la declaración responsable.

Modificaciones