Articulo 142 sobre la mar...ón Europea

Articulo 142 sobre la marca de la Unión Europea

Ver Indice
»

Artículo 142. Estatuto jurídico

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Oficina será una agencia de la Unión. Tendrá personalidad jurídica.

2. En cada uno de los Estados miembros, poseerá la capacidad jurídica más amplia que reconozcan a las personas jurídicas las legislaciones nacionales; podrá en especial adquirir o enajenar bienes inmuebles y muebles y tendrá capacidad procesal.

3. La Oficina estará representada por su director ejecutivo.