Articulo 143 Cooperativas... -Vigente-

Articulo 143 Cooperativas de Euskadi -Vigente-

Ver Indice
»

Artículo 143.- Supuestos de disolución.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1.- Será causa de disolución de la sociedad cooperativa pequeña, además de las previstas en el artículo 91 de la presente ley, la reducción del número de socias y socios por debajo del mínimo legalmente necesario para constituir la sociedad cooperativa pequeña, si se mantiene durante un año de forma continuada.

2.- Asimismo, será causa de disolución de la sociedad cooperativa pequeña la paralización o inactividad de los órganos sociales o la interrupción, sin causa justificada, de la actividad cooperativa si se mantiene, en ambos casos, durante un año de forma continuada.