Articulo 143 Ley General Tributaria

Articulo 143 Ley General Tributaria

Ver Indice
»

Artículo 143. Documentación de las actuaciones de la inspección.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Las actuaciones de la inspección de los tributos se documentarán en comunicaciones, diligencias, informes y actas.

2. Las actas son los documentos públicos que extiende la inspección de los tributos con el fin de recoger el resultado de las actuaciones inspectoras de comprobación e investigación, proponiendo la regularización que estime procedente de la situación tributaria del obligado o declarando correcta la misma.