Articulo 143 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público
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Articulo 143 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público

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Artículo 143. CONSIDERACIÓN DEL INSTITUTO CATALÁN DE LA SALUD COMO ADMINISTRACIÓN PÚBLICA AL EFECTO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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En materia de prevención de riesgos laborales, el Instituto Catalán de la Salud tiene la consideración de administración pública y queda sujeto a lo dispuesto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo especial para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración de la Generalidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-01-2014 en vigor desde 31-01-2014