Artículo 143. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo
Artículo 143. Competencias.
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La persona titular de la Dirección de departamento tendrá las siguientes competencias:
a) Dirigir, coordinar y supervisar las actividades del Departamento, sus relaciones institucionales y sus relaciones con los centros asociados y centros UNED en el exterior.
b) Ejercer la representación del Departamento.
c) Convocar y presidir las sesiones del Consejo de Departamento.
d) Proponer el nombramiento de la persona titular de la Secretaría del departamento, así como de la Subdirección del mismo, en caso de que esta figura esté prevista por su reglamento de régimen interior.
e) Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo de Departamento.
f) Presentar al Consejo de Departamento la memoria anual, así como las propuestas, proyectos e informes que hayan de ser sometidos a su aprobación.
g) Exigir el cumplimiento de las funciones y tareas que competen a cada uno de los miembros del departamento.
h) Cualquier otra que le asigne la normativa general y la propia de la Universidad.
