Articulo 144 Ley para def...y usuarios

Articulo 144 Ley para defensa de los consumidores y usuarios

Ver Indice
»

Artículo 144. Extinción de la responsabilidad.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los derechos reconocidos al perjudicado en este capítulo se extinguirán transcurridos 10 años, a contar desde la fecha en que se hubiera puesto en circulación el producto concreto causante del daño, a menos que, durante ese período, se hubiese iniciado la correspondiente reclamación judicial.